domingo, 22 de marzo de 2015

SE NOS MUERE LA DEMOCRACIA!!!

Por José Antonio Rivera
Vocales del Tribunal Supremo Electoral
El Tribunal Supremo Electoral ha asestado un bajo y duro golpe a la democracia; pues para evitar el triunfo de una candidatura que no es oficialista en el Departamento del Beni ha decidido cancelar la inscripción de todas las candidaturas del Frente Demócratas a la Gobernación y los Gobiernos Autónomos Municipales del Departamento del Beni, como consecuencia de haber aplicado la sanción de cancelación de la personalidad jurídica de esa organización política, dice por haber difundido encuestas en su campaña electoral.
Esa determinación es absolutamente ilegal, arbitraria e inconstitucional; carece de sustento jurídico, infringe los principios democráticos y vulnera los derechos fundamentales consagrados por la Constitución; ello por las siguientes razones de orden jurídico – constitucional:
1º La norma prevista por el art. 136.III de la Ley Nº 0926 del Régimen Electoral prevé que “Las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica”; dicha norma es inconstitucional porque infringe las normas previstas por el art. 1º, 8.II, 21.5), 26 y 28 de la Constitución, a que se trata de una sanción que no es proporcional con la supuesta falta, que desconoce el principio del pluralismo político, y vulnera los derechos a la libertad de expresión, pensamiento y opinión, así como el derecho a la participación política.
2º Si bien es cierto que, en el marco del principio de presunción de constitucionalidad, la norma antes referida es aplicable, no es menos cierto que la misma impone como sanción la cancelación de la personalidad jurídica de la organización política, pero no prevé la cancelación del registro de las candidaturas que hubiese postulado la organización política para las elecciones nacionales o subnacionales, como en el caso presente; tampoco prevé la inhabilitación de la candidatura. De otro lado, en las normas de la Ley Nº 026 no está prevista como causal de inhabilitación la cancelación de la personalidad jurídica de la organización política que hubiese postulado una candidatura.
3º Al tratarse de una Resolución Sancionatoria la que expide el Órgano Electoral Plurinacional, en ejercicio de la potestad administrativa sancionadora, la misma no puede tener efectos retroactivos sino que debe otorgarse efectos ultractivos; en consecuencia, no se puede disponer la cancelación del registro de las candidaturas postuladas por la respectiva organización política, en razón a que dicho registro inscripción de candidaturas fue realizada con anterioridad y fue alcanzada por el principio de preclusión, de manera que la sanción debe hacerse efectiva concluido el proceso electoral respectivo.
4º Una aplicación literal o gramatical de la norma, como acontece en el presente caso, y no una interpretación desde y en conformidad con la Constitución, vulnera el derecho a la participación política, en su elemento esencial del derecho al sufragio activo y pasivo. En efecto, el cancelar el registro inscripción de los candidatos postulados por la organización política cuya personalidad jurídica se ha cancelado, supone la inhabilitación de los candidatos, con lo que se vulnera el derecho al sufragio activo de los ciudadanos y ciudadanas del Departamento del Beni, quienes no podrán emitir su voto por sus candidatos favoritos o por la propuesta que, a su juicio, es la más correcta para el desarrollo de su Departamento o Municipio; la fórmula sugerida por el organismo electoral de anular los votos emitidos a favor de esa candidatura supone en la práctica inutilizar el voto de los ciudadanos lo que constituye una violación del derecho al sufragio activo. Asimismo, se vulnera el derecho al sufragio pasivo de los candidatos, quienes, a pesar de haber cumplido con todos los requisitos exigidos por la Constitución y la Ley, están siendo inhabilitados e impedidos de poder participar en calidad de elegibles en el proceso electoral.
Finalmente, cabe recordar que, por previsión del art. 28 de la Constitución, “El ejercicio de los derechos políticos se suspende en los siguientes casos, previa sentencia ejecutoriada mientras la pena no haya sido cumplida”; en el caso objeto de comentario, en los hechos se está suspendiendo el ejercicio del derecho político a la participación de los ciudadanos y ciudadanas del Departamento del Beni y de los candidatos postulados por la organización política, sin que exista en contra de ellos una sentencia ejecutoriada.

martes, 10 de marzo de 2015

“Habrá carretera, quieran o no”

Recordamos este buen artículo del periodista Andrés Gómez Vela sobre la carretera por el Tipnis, no debemos olvidar la impostura del presidente Evo Morales.
La sentencia con tufo de emperador ha sido dictada: “Habrá carretera, quieran o no”. Entonces, ¿para qué ya consultarán a los indígenas? ¿Para qué conozcan la ira del delegado de la Pachamama?
La historia se repite, escribió Marx, la primera vez como tragedia, la segunda, como comedia. En 1492, llegaron los españoles y dictaron con aire real la misma sentencia: “Estas tierras son del rey, quieran o no”. 519 años después se escuchan las mismas palabras, pero esta vez y para sorpresa de todos, las pronuncia su autonombrado líder espiritual, su salvador, su Mesías.
El llamado proceso de cambio puso por encima de la realidad ideales como la justicia, la igualdad, la libertad, cuando en realidad habían seguido siendo las condiciones materiales las que determinan la ideología y las impresiones que tenemos del mundo. He ahí la explicación de la diferencia entre cocaleros e indígenas. Los primeros buscan riqueza material así sea a costa de otras especies, los segundos quieren preservar su única riqueza: la naturaleza.
Evo es como China, socialista en discurso, capitalista en la práctica. Su origen étnico es aymara, pero su ADN de clase es cocalera, por tanto liberal y partidario del desarrollo capitalista. Morales es producto de sus relaciones económicas y víctima de su poder narcisista. Lo acaba de demostrar.
Se repite otra vez la historia, para los invasores españoles los indios no tenían alma; para Morales, no tienen inteligencia, por eso cree que son manejados por los “oenegeros” que un día fueron sus amigos, cuando eran tiempos de cambio, pero ¿cuánto ha cambiado con el tiempo? Está irreconocible.
Los indígenas aman en serio a la Madre Tierra y no quieren una herida de 306 kilómetros. Para nosotros la selva es como un hotel de cinco estrellas, me dijo un día la indígena María Saravia.
Otra vez la historia; hace 500 años la cruz sirvió para justificar el mayor genocidio que se recuerde en la historia. Después de siglo y medio, los evangelizadores habían diezmado la población indígena. Hay historiadores que aseguran que de 70 millones de seres humanos que vivían en estas tierras, apenas quedaban tres millones. La excusa de hoy es el desarrollo y está a punto de acabar con árboles, plantas, animales, ríos, que si hablaran como en El bosque animado, de Wenceslao Fernández, le dirían a Morales: “No nos mates, nosotros también somos hijos de la Pachamama”.
Pero no todo está perdido, apelo a la conciencia ecológica del Presidente para salvar uno de las reservas más ricas del mundo. Con ese fin le narro un hecho que me contó José Ignacio López Vigil.
En 1988, sesionaba la Asamblea Constituyente de Brasil. Los pueblos indígenas de la Amazonia habían recogido las 30.000 firmas necesarias para presentar una enmienda constitucional sobre el derecho a sus tierras ancestrales. Las galerías estaban repletas de indias e indios con sus torsos desnudos y coronados de plumas. Para sorpresa de todos, el representante de los pueblos nativos apareció impecablemente vestido con traje y corbata. Atravesó el hemiciclo y llegó hasta la tribuna. Le dieron 20 minutos para exponer.
El indio se volvió hacia el presidente del Congreso como pidiendo autorización para comenzar. Y entonces, en vez de hablar, tomó un bolso donde llevaba una caja de tintes y empezó a engalanarse la cara con los colores guerreros de su tribu. Empleó los 20 minutos previstos para su discurso pintándose la frente, las mejillas, el mentón, después miró desafiante a la audiencia con el rostro más digno del mundo. Sin decir palabra, guardó la caja de tintes de sus antepasados y se retiró del salón del Congreso. Ganaron la enmienda, el artículo 231 de la Constitución del Brasil reconoce el derecho de los pueblos indígenas a ser propietarios a perpetuidad de las tierras que siempre ocuparon.
El mensaje ha sido claro: déjennos vivir con nuestro desarrollo en paz. Por ello, la carretera debería ser diseñada rodeando el Parque Isiboro Sécure. Costará más, pero será una prueba de amor a la Pachamama.

Fuente: Página Siete